jueves, 29 de octubre de 2009

31 de marzo

Qué opinaríamos o qué medidas se tomarían contra una organización política que hubiese dictado y ejecutado una orden como el Decreto de la Alhambra (Edicto de Granada).
Qué reputación puede ofrecer, qué garantías colocar encima de la mesa, qué valores aspiran a imponer los gobernantes eclesiásticos actuales, que siguen utilizando los términos herejía o judaización con la misma carga de razón que antaño.

Se trata, exactamente, de la misma institución, con idénticos objetivos y planteamientos, siendo la evolución social circundante el único obstáculo cruzado, el impedimento al apostolado forzoso con que el clericalismo pretende someter a las masas y los gobiernos democráticos.

Afirmaciones esotéricas y demoniacas sirven como excusa en la adopción de medidas políticas prácticas y absolutamente terrenales que la han llevado a ocupar el primer puesto en el ranking de latifundios del país. La IC ha sido y continúa siendo una lacra, un peso muerto que la civilización ha de arrastrar, quiera o no, a perpetuidad, lastre al que se ha de sumar el Islam que, si bien no logrará, afortunadamente, una implantación mínima más allá de sus feudos actuales, sí constituye un método cruel y repugnante de esclavización y sometimiento de la sociedad allá donde conforma una mayoría religiosa.

El asunto no está tan zanjado como a muchos sucedáneos de abogado de Dios les gustaría. De hecho, los crímenes contra la humanidad, no prescriben.

A continuación, el texto del Decreto citado, que recomiendo leer atentamente. De la Humedad y de la Hispanidad, ya hablaremos otro día. Que de aquellas aguas, estos lodos.

31 de marzo de 1942.- Los Reyes Fernando e Isabel, por la gracia de Dios, Reyes de Castilla, León, Aragón y otros dominios de la Corona- al príncipe Juan, los Duques, Marqueses, Condes, órdenes religiosas y sus Maestres, señores de los Castillos, Caballeros y a todos los judíos hombres y mujeres de cualquier edad y a quienquiera esta carta le concierna, salud y gracia para él.

Bien es sabido que en nuestros dominios, existen algunos malos cristianos que han judaizado y han cometido apostasía contra la santa fe Católica, siendo causa la mayoría por las relaciones entre judíos y cristianos. Por lo tanto, en el año de 1480, ordenamos que los judíos fueran separados de las ciudades y provincias de nuestros dominios y que les fueran adjudicados sectores separados, esperando que con esta separación la situación existente sería remediada, y nosotros ordenamos que se estableciera la Inquisición en estos dominios; y en el término de 12 años ha funcionado y la Inquisición ha encontrado muchas personas culpables además, estamos informados por la Inquisición y otros el gran daño que persiste a los cristianos al relacionarse con los judíos, y a su vez estos judíos tratan de todas maneras a subvertir la Santa Fe Católica y están tratando de obstaculizar cristianos creyentes de acercarse a sus creencias.

Estos Judíos han instruido a esos cristianos en las ceremonias y creencias de sus leyes, circuncidando a sus hijos y dándoles libros para sus rezos, y declarando a ellos los días de ayuno, y reuniéndoles para enseñarles las historias de sus leyes, informándoles cuándo son las festividades de Pascua y cómo seguirla, dándoles el pan sin levadura y las carnes preparadas ceremonialmente, y dando instrucción de las cosas que deben abstenerse con relación a alimentos y otras cosas requiriendo el seguimiento de las leyes de Moisés, haciéndoles saber a pleno conocimiento que no existe otra ley o verdad fuera de esta. Y así lo hace claro basados en sus confesiones de estos judíos lo mismo a los cuales han pervertido que ha sido resultado en un gran daño y detrimento a la santa fe Católica, y como nosotros conocíamos el verdadero remedio de estos daños y las dificultades yacían en el interferir de toda comunicación entre los mencionados Judíos y los Cristianos y enviándolos fuera de todos nuestros dominios, nosotros nos contentamos en ordenar si ya dichos Judíos de todas las ciudades y villas y lugares de Andalucía donde aparentemente ellos habían efectuado el mayor daño, y creyendo que esto sería suficiente de modo que en esos y otras ciudades y villas y lugares en nuestros reinos y nuestras posesiones sería efectivo y cesarían a cometer lo mencionado. Y porque hemos sido informados que nada de esto, ni es el caso ni las justicias hechas para algunos de los mencionados judíos encontrándolos muy culpables por los susodichos crímenes y transgresiones contra la santa fe Católica han sido un remedio completo obviar y corregir estos delitos y ofensas. Y a la fe Cristiana y religión cada día parece que los Judíos incrementan en continuar su maldad y daño objetivo a donde residan y conversen; y porque no existe lugar donde ofender de más a nuestra santa creencia, como a los cuales Dios ha protegido hasta el día de hoy y a aquellos que han sido influenciados, deber de la Santa Madre Iglesia reparar y reducir esta situación al estado anterior, debido a lo frágil del ser humano, pudiese ocurrir que podemos sucumbir a la diabólica tentación que continuamente combate contra nosotros, de modo que, si siendo la causa principal los llamados judíos si no son convertidos deberán ser expulsados del Reino.

Debido a que cuando un crimen detestable y poderoso es cometido por algunos miembros de algún grupo es razonable que el grupo debe ser absuelto o aniquilado y los menores por los mayores serán castigados uno por el otro y aquellos que permiten a los buenos y honestos en las ciudades y en las villas y por su contacto puedan perjudicar a otros deberán ser expulsados del grupo de gentes y a pesar de menores razones serán perjudiciales a la República y los más por la mayoría de sus crímenes sería peligroso y contagioso de modo que el Consejo de hombres eminentes y caballeros de nuestro reinado y de otras personas de conciencia y conocimiento de nuestro supremo concejo y después de muchísima deliberación se acordó en dictar que todos los Judíos y Judías deben abandonar nuestros reinados y que no sea permitido nunca regresar.

Nosotros ordenamos además en este edicto que los Judíos y Judías cualquiera edad que residan en nuestros dominios o territorios que partan con sus hijos e hijas, sirvientes y familiares pequeños o grandes de todas las edades al fin de Julio de este año y que no se atrevan a regresar a nuestras tierras y que no tomen un paso adelante a traspasar de la manera que si algún Judío que no acepte este edicto si acaso es encontrado en estos dominios o regresa será culpado a muerte y confiscación de sus bienes.

Y hemos ordenado que ninguna persona en nuestro reinado sin importar su estado social incluyendo nobles que escondan o guarden o defiendan a un Judío o Judía ya sea públicamente o secretamente desde fines de Julio y meses subsiguientes en sus hogares o en otro sitio en nuestra región con riesgos de perder como castigo todos sus feudos y fortificaciones, privilegios y bienes hereditarios.

Hágase que los Judíos puedan deshacerse de sus hogares y todas sus pertenencias en el plazo estipulado por lo tanto nosotros proveemos nuestro compromiso de la protección y la seguridad de modo que al final del mes de Julio ellos puedan vender e intercambiar sus propiedades y muebles y cualquier otro artículo y disponer de ellos libremente a su criterio que durante este plazo nadie debe hacerles ningún daño, herirlos o injusticias a estas personas o a sus bienes lo cual sería injustificado y el que transgrediese esto incurrirá en el castigo los que violen nuestra seguridad Real.

Damos y otorgamos permiso a los anteriormente referidos Judíos y Judías a llevar consigo fuera de nuestras regiones sus bienes y pertenencias por mar o por tierra exceptuando oro y plata, o moneda acuñada u otro artículo prohibido por las leyes del reinado.

De modo que ordenamos a todos los concejales, magistrados, caballeros, guardias, oficiales, buenos hombres de la ciudad de Burgos y otras ciudades y villas de nuestro reino y dominios, y a todos nuestros vasallos y personas, que respeten y obedezcan con esta carta y con todo lo que contiene en ella, y que den la clase de asistencia y ayuda necesaria para su ejecución, sujeta a castigo por nuestra gracia soberana y por la confiscación de todos los bienes y propiedades para nuestra casa real y que esta sea notificada a todos y que ninguno pretenda ignorarla, ordenamos que este edicto sea proclamado en todas las plazas y los sitios de reunión de todas las ciudades y en las ciudades principales y villas de las diócesis, y sea hecho por el heraldo en presencia del escribano público, y que ninguno o nadie haga lo contrario de lo que ha sido definido, sujeto al castigo de nuestra gracia soberana y la anulación de sus cargos y confiscación de sus bienes al que haga lo contrario.

Y ordenamos que se evidencie y pruebe a la corte con un testimonio firmado especificando la manera en que el edicto fue llevado a cabo.

Dado en esta ciudad de Granada el Treinta y uno día de marzo del año de nuestro señor Jesucristo de 1492.

Firmado Yo, el Rey, Yo la Reina, y Juan de Coloma, secretario del Rey y la Reina quien lo ha escrito por orden de sus Majestades.
Lo que la IC y sus acólitos opinen sobre la sexualidad, en realidad, Cariño, me importa un bledo. A mí y a la mayor parte del personal. Releyendo ese manantial de sabiduría botafumérica que mana del blog de JGL, lo he comprendido, al fin. Nuestros entrañables vejetes episcopales nunca quisieron dar a entender que la homosexualidad debe ser tratada como una enfermedad psíquica. Lo que querían dejar claro, es que los enfermos son tan sólo los homosexuales católicos. Claro. Ahora sí. Y como muestra, un botón:
JGL dixit, textually: "Se puede ser homosexual y ser un católico íntegro e incluso santo. Homosexualidad y santidad no están reñidas. Porque una cosa es la tendencia y otra es la práctica. Incluso quien practicara la homosexualidad si se arrepiente y se confiesa puede ser santo." A continuación, nos envía directamente al Catecismo Católico, lo que deja el círculo perfectamente cerrado y el ámbito de aplicación, definido. Aunque, como siempre en estos casos, no compartimos la técnica de recomendar lecturas infantiles.
Sólo hay que observar los términos científicos y realizar un simple comentario de texto, para comprenderlo diáfanamente:

1 - Homosexual: en clara referencia a los individuos homosexuales.
2 - Católico: alude ahora a los católicos como homosexuales.
3 - Íntegro: de integral. Es decir, que no engorda. Deja clara la imposibilidad de embarazo en una relación homosexual.
4 - Santo: terminación clásica de los supuestos empíricos que propone, en este caso, el insigne autor. No queda muy claro, pero nos arriesgamos a deducir que se trata de todo aquél que hace lo que le viene al pijo para más tarde fingir arrepentiemiento, aunque los hechos confesados, sumados a los que se callan, superan con colmo el valor del peso específico de la constricción. El Santo más reciente debe ser el director del Liceo.

5 y último - arrepentimiento y confesión: la pescadilla que se muerde la cola. La forma más complicada de autolascivia, donde resulta evidente que nos sobra, por lo menos, una costilla. Estos dos elementos ya han sido tratados en el punto 4 y tampoco es cuestión de ponernos tan pesados como es usual en el referido autor.


En definitiva, que la cuestión afectaba sólo y exclusivamente a los católicos. Un simple malentendido. Es decir, que si soy ingeniero, ateo y homosexual, soy un respetable ingeniero homosexual y estoy, por tanto, exento de pruebas analíticas y confusos test psicológicos. En cambio, si soy un diácono homosexual, automáticamente me transformo en cura maricón.


Tampoco me queda claro si, finalmente, la enfermedad consiste en ser homosexual, o ser católico.

Conste que no estoy en absoluto de acuerdo con la conclusión. Pero el algodón, no engaña. O sí.